¿Atiendes especies incluidas en el Convenio CITES?

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Si es así, esta información te interesa: Desde el pasado 10 de febrero está en vigor el Real Decreto que establece los requisitos de docuemntación, tenencia y marcado de especies amenazadas de fauna y flora silvestres. Una normativa establecida de acuerdo a la reglamenteación de la Unión Europea en aplicación de la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres, conocida como Convenio CITES.

Entre otras cuestiones, establece los datos que deben figurar en una factura de compraventa o documento de cesión de algunos de los especímenes; Recoge la obligatoriedad del marcado de todos los vertebrados vivos de especies apuntadas en los anexos B y C del R(CE) 338/97; Se recoge un listado de especies para las que no es necesaria la emisión del documento previsto ene l artículo 3.3.c.2º y se consideran, por tanto, exceptuadas de control por parte de la Autoridad Administrativa CITES, si bien otras sí deberán solicitar su inscripción y comunicar cualquier variación que se produzca en el plantel.

Más información:

Attachment_5850194000001844031_attach_1_5850194000001844031_R.D. 7-2018 requisitos de documentación, tenencia y marcado