Entrada en vigor del reglamento UE 2024/1973

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Desde el pasado 8 de agosto debe tenerse como vigente lo dispuesto en el Reglamento UE 2024/1973, por el que se establecen una lista de antimicrobianos que (salvo en équidos) sólo se utilizarán de conformidad con los artículos 112 y 113 del Reglamento UE 2019/6, en las condiciones establecidas en dicho Reglamento UE 2024/1973.

Es decir, el Reglamento UE 2024/1973 establece una serie de condiciones específicas para realizar una prescripción excepcional (artículos 112 y 113 del Reglamento UE 2019/6), cuando se proceda a prescribir los antimicrobianos incluidos en la citada lista.

La secretaría jurídica colegial estará a disposición de los colegiados que precisen aclaración respecto de la aplicación del mismo.