RESUMEN DE LAS MEDIDAS EXCEPCIONALES SEGUNDA ONDA EPIDÉMICA EN ASTURIAS

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20 de noviembre de 2020

LIMITACIÓN A LA ENTRADA Y SALIDA DE LANGREO, SAN MARTÍN DEL REY AURELIO Y LAVIANA

En el día ayer, como medida para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, HAN QUEDADO LIMITADAS LAS ENTRADAS Y SALIDAS DE LOS CONCEJOS DE LANGREO, SAN MARTÍN DEL REY AURELIO Y LAVIANA, HASTA LAS 24 HORAS DEL DÍA 3 DE DICIEMBRE DE 2020, salvo para aquellos desplazamientos relacionados en el Decreto 33/2020 de la Presidencia del Principado que establece dicha medida:
https://sede.asturias.es/bopa/2020/11/19/20201119Su1.pdf
Dada la rapidez con la que se suceden los acontecimientos sanitarios durante la pandemia, y la legislación ad hoc para intentar frenar la misma, se recomienda a todos los colegiados que presten atención permanente a la web del Colegio y al Whatsapp web colegial.

Asimismo, el Colegio os recuerda la necesidad de efectuar el ejercicio profesional de la Veterinaria desde la más eficaz autoprotección contra la COVID-19, reforzando así la seguridad con los ciudadanos a la par que la sanidad y el bienestar animal.

6 de noviembre
Resumen de las medidas para la disminución del impacto sanitario de la segunda onda epidémica de la pandemia en Asturias

El incremento de la presión asistencial y el paso a un Nivel de Alerta 4 en nuestra comunidad autónoma exige la necesidad de medidas estrictas para disminuir la aparición de nuevos casos.
Para ello se plantea intensificar unas medidas de protección al menos hasta el 18 de noviembre con los siguientes objetivos:

1. Limitar la interacción social manteniendo sólo cierta actividad laboral básica.
2. Limitación de la movilidad. Esta se conseguiría de forma directa al reducir actividad social pero también haciendo un llamamiento a realizar confinamientos domiciliarios voluntarios.
3. Mantener la actividad educativa como un elemento fundamental de soporte del sistema social y de conciliación. Se garantizará en todo momento los mecanismos de protección y prevención de la comunidad educativa y se establecerán las medidas pertinentes ante la aparición de casos y/o brotes.
4. Mantener y reforzar toda la actividad relacionada con el cuidado de personas más vulnerables. Es necesario garantizar la realización de cuidados y de actividades imprescindibles sociales y sociosanitarias para personas con mayores riesgos, pero siempre con las máximas medidas de protección.
Por tanto las acciones van encaminadas a enlentecer la actividad, interacción y movilidad social en Asturias durante un período de al menos quince días para disminuir la circulación y la transmisión del virus y disminuir la presión asistencial en el sistema sanitario.

De forma resumida, las medidas que se plantean para ello en el momento actual son las siguientes:

1. Reforzar todas las medidas generales de protección y prevención universales y vigentes hasta el momento actual: mascarilla, distancia interpersonal e higiene de manos.
2. Limitar los contactos estrechos y ser muy rigurosos con las medidas de protección en la interacción con otras personas.
3. Evitar espacios cerrados, con muchas personas y con poca ventilación.
4. Mantener los cierres perimetrales de Avilés, Gijón y Oviedo.
5. Mantener el cierre perimetral de la comunidad autónoma.
6. Establecer una serie de medidas urgentes y de carácter extraordinario orientadas a la suspensión temporal de actividades laborales y de otro tipo (resolución de 03 de noviembre)
7. Facilitar el teletrabajo. Toda aquella actividad laboral que se mantiene durante estos días ha de realizarse, prioritamente y en la medida de las posibilidades, de forma telemática.
8. Proponer un confinamiento domiciliarios voluntario durante este período de tiempo.

Propuestas para un confinamiento domiciliario voluntario hasta el 18 de noviembre
Los confinamientos domiciliarios totales, tal como se planteó el confinamiento durante la primera oleada epidémica, pueden tener un gran papel en la disminución de la transmisión comunitaria del virus, pero también pueden tener un gran impacto negativo en términos de bienestar físico, mental o social.
Por ello, el confinamiento que se plantea para estos días no es un confinamiento estricto y total como aquel sino que se plantea como un confinamiento con limitación de movilidad y con apertura de horarios similar al que se planteó para las fases 1 de desescalada. Se trata de una fase 1 modificada.
Este confinamiento, garantizando los elementos de protección y seguridad, tiene que tener una especial perspectiva de equidad para poblaciones más vulnerables.
Estas serian las instrucciones para el confinamiento recomendado:

1. Limitación de movilidad nocturna:
Existe una limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno entre las 22:00-6:00.
Durante este período de tiempo las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades:
a) Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c) Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
d) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
e) Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.
f) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
i) Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores
Decreto 29/2020, de 3 de noviembre, del Presidente del Principado de Asturias, de segunda modificación del Decreto 27/2020, de 26 de octubre, por el que se adoptan medidas para contener la propagación de infecciones causadas por el SARSCoV-2 en el marco del estado de alarma.
2. Durante el período de tiempo entre las 6:00 y las 22:00, se recomienda que las personas únicamente circulen por las vías o espacios de uso público para la realización de actividades imprescindibles:
a) Adquisición de productos, prestación de servicios o actividad laboral de acuerdo con lo establecido en la resolución del 3 de noviembre.
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c)Asistencia a centros educativos o actividades relacionadas con la educación.
d) Retorno al lugar de residencia habitual.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza o actividades incluidas en la resolución del 3 de noviembre.
La realización de dichas actividades se realizará preferentemente de forma individual o con las personas convivientes, salvo que se tenga que realizar un acompañamiento por motivos de cuidados (menores, mayores, personas con discapacidad…).
3. Cumplir unas franjas horarias para la realización de actividad física al aire libre y paseos.
Es fundamental poder mantener actividad física al aire libre y los paseos.
Los criterios propuestos para mantener esta actividad física garantizando la menor interacción posible son los siguientes:
-Cada persona podría disponer de dos horas al día para realizar dicha actividad dentro de unas franjas horarias.
-Esta actividad se realizaría dentro de su municipio.
-La actividad se puede realizar individualmente o acompañada con sus personas convivientes.
-Se recomienda la realización de esta actividad en espacios y vías públicas amplias, paseos marítimos, zonas verdes o espacios naturales.
-Teniendo en cuenta que se mantiene la actividad educativa se permitiría flexibilizar horarios para esta población pero siempre tratando de respetar las franjas horarias para las personas más vulnerables.
Con el objetivo de facilitar la realización de actividad física diaria o de paseos diarios para las personas de todas las edades se recomiendan las siguientes franjas horarias:
-6:00-9:00 y 18:00-21:00
Realización de actividad física, paseo o deporte al aire libre para personas menores de 65 años.
-9:00-12:00 y 15:00-18:00
Franjas horarias para personas mayores de 65 años, personas dependientes o personas con patologías de riesgo.
Para aquellas personas que viven en residencias de personas mayores deberán habilitarse medidas específicas para poder garantizar la actividad física y el paseo diario cumpliendo de una forma estricta las medidas de protección y seguridad. En la normativa vigente se plantea la posibilidad de establecer, en coordinación con las autoridades locales, zonas perimetrales y seguras donde poder realizar esta actividad siempre con monitorización y supervisión adecuada por parte del personal del centro.
En otro tipo de centros sociales o sociosanitarios donde no residan personas vulnerables o con patologías de riesgo la recomendación es el cumplimiento de recomendaciones para población general y las franjas antes recomendadas.

Descarga documento: Medidas excepcionales segunda onda en Asturias

24 de octubre 2020
RESTRICCIONES A LAS ENTRADAS Y SALIDAS DE OVIEDO, GIJÓN Y AVILÉS

A última hora de ayer, la Consejería de Salud del Principado de Asturias estableció mediante Resolución (BOPA 23-10-2020: pinchar aquí), una serie de medidas urgentes de prevención en los núcleos urbanos de Oviedo, Gijón y Avilés, como consecuencia de la situación sanitaria derivada de la COVID-19.

Entre dichas medidas urgentes, se establece la limitación de la entrada y salida de personas de dichos núcleos urbanos de Oviedo, Gijón y Avilés hasta el próximo día 7 de noviembre (a las 24 horas).

No obstante, se podrá entrar y salir los referidos núcleos urbanos, entre otras razones, para el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales y empresariales.

 A los efectos de justificar dicho cumplimiento:

1.- Aquí pueden descargar los modelos de certificado de empresa que habilite a los trabajadores a desplazarse al centro de trabajo:

Dada la rapidez con la que se suceden los acontecimientos sanitarios durante la pandemia, se recomienda a todos los colegiados que presten atención permanente a la web del Colegio y al Whatsapp web colegial, así como a los posibles nuevos escenarios que declaren las autoridades sanitarias.

Asimismo, el Colegio os recuerda la necesidad de efectuar el ejercicio profesional de los veterinarios desde la más eficaz autoprotección contra la COVID-19, reforzando así la seguridad con los ciudadanos a la par que la sanidad y el bienestar animal.