PROTOCOLO DE ACTUACIONES ANTE LA LLEGADA DE ANIMALES DE COMPAÑÍA PROCEDENTES DE UCRANIA

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El ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha hecho público un protocolo “ante la preocupante evolución de la situación en Ucrania y para evitar posibles dificultades con los refugiados procedentes de ese país europeo con sus perros, gatos u otros animales de compañía”.

La Comisión Europea ha informado a los Estados miembros que, de conformidad con el artículo 32 del Reglamento (UE) 576/2013, y como excepción a las condiciones previstas para los desplazamientos de animales de compañía sin ánimo comercial, los Estados miembros pueden, en situaciones excepcionales, autorizar el desplazamiento sin ánimo comercial a su territorio de animales de compañía que no cumplan dichas condiciones siempre que:
(a)
el propietario haya presentado una solicitud previa de autorización y el Estado miembro de destino la haya concedido, y
(b) los animales de compañía estén aislados bajo supervisión oficial durante el
tiempo necesario para que cumplan dichas condiciones y que no sea superior a seis meses (…)

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